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Leyes Antiterroristas. Para reprimir mejor


La sucesivas reformas al código penal impulsadas por el gobierno kirchnerista y sancionadas al son de los dictados imperiales, cumplen la doble tarea de preparar el terreno para hacer más eficiente la represión ante las luchas, y de mostrar al “concierto internacional” la obediencia sin fisuras del gobierno al orden capitalista.

Alrededor de 6.000 compañeros sometidos a causas penales por protestas o reclamos; cinco presos políticos hoy, más de un centenar a lo largo de la gestión kirchnerista, con “picos” de más de 40 a la vez, como a fines de 2004; y 17 asesinados en la represión a movilizaciones y manifestaciones, dan clara cuenta del empeño puesto por el gobierno en reprimir a los trabajadores organizados y a la militancia popular. Paralelamente, casi 2.000 asesinados con el gatillo fácil en los barrios y la tortura en los lugares de detención, en 8 años, completan el cuadro sostenido de la represión al pueblo trabajador.

La ley 26.734 textual
La octava ley antiterrorista del actual gobierno(1), vigente desde el 28 de diciembre pasado, duplica el mínimo y el máximo de la pena de cualquier delito cuando “hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”.
El refinado parrafito que excluye aquellos hechos en los que el autor “actúe en ejercicio de un derecho” sólo sirve para calmar conciencias “progres”, y nada agrega al criterio general que ya contenía el código penal y que nunca dificultó la criminalización de la protesta: si se está ejerciendo un derecho (a criterio del juez) no hay delito punible. Cuando un juez imputa a un trabajador por hacer un reclamo a la patronal, o a un militante que se moviliza contra una medida de gobierno, ya ha decidido que ni uno ni otro estaban ejerciendo un derecho.
           
Actualizar el marco legal para disponer de mejores armas en el futuro
La realidad demuestra que no son pocas ni leves las amenazas penales existentes que se aplican a diario contra las organizaciones de la clase trabajadora. Permanentemente vemos cómo los jueces interpretan a su antojo la letra legal, para adaptar las normas a lo que quieren castigar. Así, la misma conducta es “juzgada” de manera completamente diferente según quién sea el autor, prevaleciendo, siempre, el imperativo judicial de sostener, defender y fortalecer “la institucionalidad”. Ejemplos como el de Carlos Olivera, del SITRAIC, que está en prisión acusado por “homicidio en grado de tentativa” por defenderse de la patota armada de la UOCRA, o de los trabajadores ferroviarios y militantes de organizaciones políticas (PO y TPR), procesados por “extorsión” por exigir que UGOFE y el gobierno cumplieran compromisos asumidos, muestran cómo jueces y fiscales recurren a cualquier figura legal (cuanto más grave, mejor) para encuadrar conductas que ni por asomo se parecen a las que sancionan esos delitos.
Pero, aunque con lo que ya tienen les alcanza y sobra para perseguir a los luchadores populares, la inclusión de nuevas figuras que específicamente criminalizan la actividad militante otorga a los “guardianes de la ley” un arsenal nada despreciable para el futuro. La creación de figuras como la “asociación ilícita terrorista” (ley 26.268, de 2007), o la duplicación de todas las penas cuando el móvil del “delito” sea “obligar a un gobierno a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”, como lo impone la ley de diciembre de 2011, llenan esa necesidad de tener a disposición, para cuando resulte necesario usarlas, armas todavía más poderosas, que, además, permitan focalizar la represión “legal” en las organizaciones populares y sus militantes.
Las ocho leyes “antiterroristas” del gobierno kirchnerista se dirigen con claridad a este objetivo. Todas ellas, sancionadas desde 2003 hasta el año pasado, dotan al aparato estatal, a través del ajuste de las herramientas legales, de medios más directos y efectivos que permiten, además de sancionar individualmente a quienes se define como “peligrosos” (para el bienestar del capitalismo), abrir el camino a la ilegalización de organizaciones y de la actividad militante. Amplían notablemente la discrecionalidad judicial; crean un enjambre de burocracias secretas o semi secretas para recabar información a través de todo tipo de recursos de “contrainteligencia” (agentes encubiertos o infiltrados; informantes o buches); disponen de enormes fondos para financiar arrepentidos y entregadores; duplican penas genéricamente; usan términos como “aterrorizar a la población” u “obligar al gobierno”, para que el juez de turno los aplique a quien deba, según su “leal saber y entender”… en una palabra, habilitan a cualquier cosa con amparo legal.
Sin necesidad de aplicarlas siquiera, su mera existencia se convierte en un poderoso obstáculo a la organización popular, al instalar el temor de que cualquier reclamo, protesta o actividad que “saque los pies del plato” puede ser definida como delito de extraordinaria gravedad.
           
Hacer los deberes
El otro eje rector de la compulsión con que el kirchnerismo ha impulsado y votado leyes antiterroristas, es mostrarle al imperialismo que hace bien los deberes. La decisión de adecuar las legislaciones internas de los países periféricos siguiendo determinadas directivas impuestas, formalmente, por organismos internacionales como el FMI o el GAFI, es un derivado directo del rumbo tomado por la política exterior norteamericana desde los ’80. Los célebres documentos Santa Fe I y II(2) fueron el inicio de una nueva estrategia de dominación continental, que dejó de lado la agotada vía de la intervención militar directa y la promoción de dictaduras militares, para recurrir a la defensa de la gobernabilidad democrática, acompañada por la cooperación militar para combatir al “enemigo común”, el “terrorista”, con sus variantes como el “narcoterrorista”, (apuntando siempre a los militantes políticos anticapitalistas) y por el libre comercio para combatir el estancamiento económico. Todo el posterior sistema de Cumbres (de presidentes, de ministros de seguridad, gobierno o interior y de economía, etc.) generó una miríada de declaraciones comunes de los gobiernos latinoamericanos y EEUU basadas en esas ideas y dirigidas a llevarlas a la práctica. La cooperación militar se traduce en el sistemático entrenamiento de fuerzas armadas con los ejercicios conjuntos y de fuerzas de seguridad con los cursos y becas de las academias y escuelas yanquis de contraterrorismo. El libre comercio se expresa en tratados bilaterales y en el  apoyo del gobierno yanqui a la penetración y expansión de sus empresas (pensemos sólo en Kraft Foods o Pepsico). Y el pilar central de la defensa de la gobernabilidad democrática es la homogeneización de la legislación interna de los países sobre la base de los criterios establecidos unilateralmente por EEUU.
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Notas:
1) Las ocho leyes son las siguientes: Ley  25.765, agosto de 2003, Creación del Fondo Permanente de Recompensas. Ley  25.764, agosto de 2003, Creación del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados. Leyes 26.023 y 26.024, abril de 2005: Ratifican e incorporan al derecho interno la Convención Interamericana contra el Terrorismo (o Convención de Barbados) y el Convenio Internacional para la represión de la financiación del terrorismo de la ONU. Ley  26.087, abril de 2006, modifica el Encubrimiento  y lavado de activos de origen delictivo, más facultades para la UIF. Ley 26.268, 2007, julio de 2007: Incorpora al Código Penal la “Asociación Ilícita Terrorista”, art. 213 ter y el delito de recolectar o proveer fondos para tales asociaciones, art. 213 quater. Amplía las facultades de la UIF. Ley 26.538, noviembre de 2009, amplía más el Fondo permanente de recompensas. Ley 26.734, diciembre de 2011, duplica el mínimo y el máximo de las penas de todos los delitos cometidos “con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”.
2) Se titulaban, respectivamente, “Las relaciones interamericanas: Escudo de la seguridad del nuevo mundo y espada de la proyección del poder global de Estados Unidos” y “Una estrategia para América Latina en la década de 1990”.

Chile: Más de 80 días de huelga de hambre contra las “leyes antiterroristas”

El pasado 3 de junio la corte suprema ratificó, al igual que lo habían hecho otras instancias judiciales, que el estado chileno castiga con la cárcel a los mapuches que luchan por el acceso a la tierra. La huelga de hambre de cuatro de sus presos políticos, que entonces llegaba a los 80 días, obligó a la máxima jerarquía judicial a aminorar las condenas, pasando de 25 y 20 años a 14 y 8 años, pero no la hizo abandonar su defensa de las leyes antiterroristas que, entre otras cosas, permiten el proceso superpuesto por parte de la justicia civil y la militar, mantienen a los procesados en prisión aunque no hayan tenido condena, y alcanza penas altísimas.

Al tiempo que se daba una movilización solidaria frente a la casa de la moneda (reprimida por los carabineros), los comuneros presos respondieron sosteniendo la huelga que en los últimos días los ha llevado al hospital por la gravedad de su estado físico. Héctor Llaitul, José Huenuche, Ramón Llanquileo y Jonathan Huillical anunciaron que seguirán la lucha hasta las últimas consecuencias para enfrentar la avanzada represiva del estado chileno y sus leyes antiterroristas.

¡Libertad a los presos políticos mapuches en Chile!

Las leyes antiterroristas

Las llamadas “leyes antiterroristas” son el fruto de la necesidad permanente del capitalismo de dotar a los gobiernos de armas eficaces para perseguir y reprimir, con la máscara de la “legalidad”, cualquier intento de resistencia y organización popular.
En 1996, el congreso norteamericano sancionó la “Anti-Terrorism & Effective Death Penalty Act” (Ley Antiterrorista y de Pena de Muerte Efectiva), que define cualquier acto contra la “seguridad nacional” de EEUU como terrorista. “Seguridad nacional” se define como la “defensa, seguridad e intereses económicos de Estados Unidos”. El capitalismo es, claramente, el “bien jurídico protegido” por la ley, que regula la entrada de inmigrantes, limita el alcance de los recursos de habeas corpus para evitar que se pospongan las ejecuciones y habilita al gobierno federal para calificar a personas u organizaciones como “terroristas” e incluirlas en un listado que se actualiza periódicamente.
Después del 11 de septiembre de 2001, la “USA Patriotic Act” amplió todavía más las facultades del poder ejecutivo, de los militares y la policía, legalizando vigilancias, escuchas telefónicas, intercepción de correspondencia en papel o electrónica y creando nuevos delitos que pueden ser juzgados por tribunales militares, sin derecho a apelación.
Antes y después de 2001, los gobiernos de EEUU se dedicaron a promover, en el resto del mundo, el dictado de leyes que garanticen la represión “legal” para defender al capitalismo. En 1989, durante la Cumbre del Grupo de los 7, se creó el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo supranacional que tiene el poder de imponer sanciones a los países que no adecuen su legislación en lo que llaman “antiterrorismo”. Para esa época, contemporáneamente con las revueltas y saqueos que causó la hiperinflación del gobierno radical de Raúl Alfonsín, ya empezaron a aparecer en nuestro congreso proyectos de ley siguiendo el modelo “antiterrorista”(1).
Más adelante, en 1997, varios proyectos similares tramitaron en las cámaras de diputados y senadores. Algunos los firmaban ultramenemistas, como el ahora kirchnerista Pichetto, cuyo texto imponía, en algunos casos, la pena de muerte por fusilamiento. Otros, con típico “lenguaje garantista”, eran impulsados por radicales y frepasistas. Las variantes eran mínimas. Con la excusa los atentados de la embajada de Israel y la AMIA , todos definían delitos “terroristas” con gran imprecisión y vaguedad. Creaban figuras de extrema peligrosidad, incitando a la delación y legalizando la infiltración en organizaciones. La competencia se reservaba a la justicia federal, el fuero con más vínculos políticos, y se magnificaban sus facultades para actuar fuera de la jurisdicción, imponer el secreto de sumario por tiempo indefinido y prorrogar plazos.
Peronistas, radicales y frepasistas, hermanados en la necesidad de obedecer al amo imperial, y conscientes de su común necesidad de contar con herramientas represivas eficaces, acordaron, a instancias de la diputada Nilda Garré (hoy ministra de Defensa), un proyecto consensuado, firmado, entre otros, por Pichetto y Arias (PJ), Storani y Cruchaga (UCR) y “Chacho” Álvarez (Frepaso).
En pleno proceso, trascendieron las iniciativas, y un conjunto de organizaciones de DDHH, políticas, sindicales y estudiantiles las denunciaron públicamente. Por un tiempo, la movilización popular logró frenar los proyectos.
En los años siguientes, se fueron introduciendo reformas al código penal que incorporaron, a cuentagotas, parte de aquellos proyectos antiterroristas, siguiendo los “consejos” del “Manual para la redacción de leyes de Represión del financiamiento del terrorismo” que publicó el Departamento Jurídico del FMI(2). Pero sería el gobierno kirchnerista el que lograría cumplir de manera más completa con las exigencias yanquis.
Montado sobre la “cruzada Blumberg”, en 2004, Néstor Kirchner envió al congreso nacional un paquete de proyectos presentado como “Plan Nacional contra la Inseguridad ”, que contenía muchas de las figuras de los frustrados proyectos de 1997, como el “arrepentido”, el “informante” y el “agente encubierto”, es decir, el traidor, el delator y el infiltrado.
En 2007, cuando se acercaba el vencimiento de un plazo impuesto por el GAFI para completar la tarea, pasaron velozmente por las dos cámaras del Congreso dos proyectos de ley que modificaron el Código Penal para sumar, a las ya existentes figuras de la “asociación ilícita” y la “asociación ilícita calificada”(3), la más confusa aún “asociación ilícita terrorista”, que habilita la persecución de cualquier organización política o social que se manifieste en contra de las acciones del gobierno o que pretenda ejercer presión sobre sus organismos(4).
La crisis capitalista de los últimos años exigió ajustar más aún las clavijas, y florecieron nuevos proyectos, impulsados por el español Baltazar Garzón, especie de “gurú antiterrorista” para América Latina. El juez, denunciado por su aval a la tortura de presos políticos vascos, viene desarrollando una campaña internacional, financiada por bancos como el Grupo Santander y bendecida por el Departamento de estado yanqui, para universalizar la legislación “antiterrorista”. Entre 2005 y 2006, dirigió el proyecto “Terrorismo y Seguridad: Coordinación y Cooperación” dentro del “Task Force on Global Counterterrorism” en el Centro de Derecho y Seguridad de la Escuela de Derecho de Nueva York. Organizó el “Seminario de DDHH y Seguridad Jurídica en Iberoamérica”, en la New York University, con participación, entre otros, de Felipe González y Néstor Kirchner.
El proyecto más reciente fue presentado por diputados del GEN, la UCR , la Coalición Cívica , el PRO, el Peronismo Federal y el Partido Socialista. Suma, a las figuras ya existentes, los “actos de terrorismo internacional y organizaciones terroristas internacionales”, y define como “terroristas” una veintena de delitos, entre los que incluye el corte de calles o rutas y el atentado y resistencia a la autoridad, habitualmente usado contra manifestantes callejeros. Amplía aún más las ventajas dadas al delator que traicione a sus compañeros, garantizándole impunidad, y establece un régimen súper veloz de entrega de personas requeridas por otros países, para evitar las “demoras burocráticas” de los procesos de extradición.
En América Latina, Perú fue pionero en el tema, con leyes que permiten juicios “express” con jueces encapuchados y testigos cuya identidad es ocultada indefinidamente. En Chile, la ley sancionada durante la dictadura de Augusto Pinochet y modificada por los gobiernos constitucionales posteriores, es sistemáticamente aplicada a los presos políticos, y en particular, a los mapuches. En El Salvador, desde 2006, se confeccionan listas de “sospechosos de terrorismo” que han servido para perseguir a los referentes de las movilizaciones populares contra las privatizaciones de recursos naturales. Ni hablar de Paraguay o Colombia, donde la ley vigente, llamada “Justicia y Paz”, fue redactada por el juez Garzón. Hay legislación semejante en países tan dispares como Canadá, Dinamarca, India, España, Malasia o Filipinas.
Este tipo de legislación, uniformada en el mundo, muestra cómo, en el capitalismo, los gobiernos se arman para defender los intereses de la burguesía de cualquier forma de resistencia de los trabajadores.

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NOTAS:
1) La sanción de este tipo de leyes suele coincidir, no casualmente, con momentos de importante movilización y de profundización de las luchas. El art. 213 bis, la “prepotencia ideológica”, fue incorporada por el gobierno del radical Illia el mismo año que irrumpió el EGP, dirigido por Jorge Massetti. Su pena fue elevada sensiblemente en el paquete de “leyes antisubversivas” promovidas por Perón en 1974, después de que el ERP atacara el cuartel de Azul. Los proyectos de 1997 coincidieron con el alza de masas que eclosionaría en las jornadas de diciembre de 2001.
2) Ver http://www.imf.org/external/pubs/ft/SFTH/esl/index.htm, Manual del FMI para redactar leyes antiterroristas.
3) Arts. 210 y 210 bis del código penal.
4) La ley 26.268 incorporó al código penal los arts. 213 ter y 213 quater.

LEY ANTITERRORISTA: SIGUIENDO EL MANUAL AL PIE DE LA LETRA

EL Revolucionario Nº26 (Julio de 2007)

El 13 de junio la cámara de diputados sancionó la ley 26.268, que incorpora al código penal los delitos de “asociación ilícita terrorista” y “financiación del terrorismo”. A pesar de que Argentina dictó varias leyes “antiterroristas” desde 1989 (las dos últimas en abril de 2005) eran intensos los reclamos de los yanquis sobre el tema. Por ejemplo, la revista Front Page publicó hace un año y medio que “Argentina no tiene legislación para lidiar específicamente con el crimen de financiación del terrorismo, y sus regulaciones sobre la colaboración con el terrorismo y la asociación criminal lo cubren insuficientemente(1)”. Las normas que según la nota “no son suficiente” son la “asociación ilícita(2)” y la “asociación ilícita agravada(3)”, con penas de 10 o 20 años de prisión para quien integre la organización, es decir, por la sola pertenencia, sin necesidad de que se pruebe la participación en un hecho concreto. Vale aclarar que la diferencia entre la figura simple y la calificada, estriba en que se reúnan por lo menos dos de una serie de características, como tener más de 10 miembros, estructura celular u operar en varias provincias. La asociación ilícita calificada, que efectivamente existe hace rato, fue usada, por ejemplo, por el gobierno peronista de Eduardo Duhalde después de la masacre de Puente Pueyrredón en la conocida denuncia del “complot”(4). Más frecuente todavía para criminalizar militantes populares es la variante llamada “prepotencia ideológica”, delito que permite condenas de hasta 8 años de prisión(5). Pero nada de eso era bastante para el imperio, como lo publicó el Departamento de Estado en su informe “Modelos de terrorismo global, 2003” , quejándose de que “Argentina carece de nueva legislación antiterrorista a pesar de su compromiso expresado al respecto”.
En respuesta a esos llamados de atención, el presidente Kirchner, en su discurso ante la Asamblea de la ONU en septiembre de 2006, garantizó: “Argentina considera que todos los actos de terrorismo son criminales e injustificables. (…) Pensamos que para enfrentar con éxito esta amenaza criminal tenemos que llevar a cabo una acción multilateral sostenida en el tiempo y actuar con legitimidad en la respuesta”. En el rebuscado lenguaje de los foros internacionales, “multilateralidad” significa sumisión a los designios yanquis, y “actuar con legitimidad” no es otra cosa que la promesa de legislar para la represión. Por algo el discurso fue citado con grandes alabanzas por la Executive Intelligence Review, órgano de prensa oficioso del Departamento de Estado. Apenas dos meses después el nuevo proyecto antiterrorista estaba listo.
Ahora es “asociación ilícita terrorista” cualquier grupo “cuyo propósito sea, mediante la comisión de delitos, aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”, definición que los jueces se encargarán de interpretar. No pasará mucho para que alguno decida que, si cortar el tránsito es un delito, y pedir aumento de sueldos es obligar al gobierno a hacer algo, un grupo de trabajadores manifestando frente a un ministerio sería una “asociación ilícita terrorista”. De hecho, ya el ministro Ginés González García llamó “terroristas” a los trabajadores del Hospital Garrahan durante una huelga.
Las demás condiciones para que se configure la “banda terrorista” son “tener un plan de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político; estar organizada en redes operativas internacionales y disponer de armas de guerra, explosivos, agentes químicos o bacteriológicos o cualquier otro medio idóneo para poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas”. Hay que reconocer la capacidad de síntesis de la burguesía para ilegalizar en una sola frase la cooperación y la solidaridad internacional, la tenencia hasta de una gomera y, sobre todo, la promoción del tan sano odio de clase.
El mensaje presidencial que acompañó al proyecto original, refrendado por los dos Albertos, Fernández e Iribarne, y las intervenciones en el debate legislativo, expresamente reconocen que el objetivo de la sanción era que Argentina se “ponga a tono con los estándares internacionales y cumpla con las obligaciones que el país contrajo(6)”, es decir, que honre los compromisos asumidos ante EEUU y los organismos internacionales como el GAFI(7). Tan explícitas son las órdenes imperialistas, y tan rastrera la obediencia de países como el nuestro, que el Departamento Jurídico del FMI publicó un “Manual para la redacción de leyes de represión del financiamiento del terrorismo” con recomendaciones y modelos de redacción muy didácticos. No puede sorprender la analogía de nuestras leyes antiterroristas con las similares dictadas en España, Francia, Gran Bretaña, Turquía, o el Consejo de Europa, todas siguiendo las instrucciones del mismo manual, que enseña cómo definir “terrorismo” de la manera más abarcativa posible, y sugiere, por ejemplo, “que las autoridades consideren la posibilidad de utilizar un mecanismo de listado (…) como Canadá, Nueva Zelanda, el Reino Unido y los Estados Unidos”, confeccionando listas de “personas o entidades (…) que se presume que son terroristas, lo que reduce la carga de la prueba”. Kirchner, una vez más, demuestra que estudió el manual, para seguir siendo el mejor alumno del imperialismo.

NOTAS
1) Rachel Ehrenfeld, FrontPageMagazine.com, 25/02/05, Centro Norteamericano para la Democracia.
2) Art. 210: Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión.
3) Art. 210 Bis: Se impondrá reclusión o prisión de cinco a veinte años al que tomare parte, cooperare o ayudare a la formación o al mantenimiento de una asociación ilícita destinada a cometer delitos cuando la acción contribuya a poner en peligro la vigencia de la Constitución Nacional , siempre que ella reúna por lo menos dos de las siguientes características: a) estar integrada por diez o más individuos; b) poseer una organización militar o de tipo militar; c) tener estructura celular; d) disponer de armas de guerra o explosivos de gran poder ofensivo; e) operar en más de una de las jurisdicciones políticas del país; f) estar compuesta por uno o más oficiales o suboficiales de las fuerzas armadas o de seguridad; g) tener notorias conexiones con otras organizaciones similares existentes en el país o en el exterior; h) recibir algún apoyo, ayuda o dirección de funcionarios públicos.
4) El 28 de junio de 2002 el ministro de justicia Jorge Vanossi denunció a todos los referentes de los movimientos piqueteros que protagonizaron los cortes del 26, entre otros, por el delito del art. 210 bis, basado en un informe elaborado por el secretario de seguridad Juan José Alvarez, y suscripto por Eduardo Duhalde y Jorge Matzkin.
5) Art. 213 bis: Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este Código, tuvieren por objeto principal o accesorio imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación.
6) Ver Diario de Sesiones de la cámara de diputados, 13/06/07.
7) Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales.

LA “POLÍTICA DEL BUEN VECINO” IMPERIALISTA

El Revolucionario Nº25 (Junio de 2007)

Nuestra estrategia reconoce que la guerra contra el terrorismo es un tipo diferente de guerra, que implica tanto la batalla armada como la batalla ideológica.
George W. Bush, 5 de septiembre de 2006.

El Plan de Estrategia Nacional para Combatir el Terrorismo
A partir de septiembre de 2001, y con la excusa de la “guerra contra el terrorismo”, EEUU remodeló su estrategia interna y externa en materia de seguridad nacional. Desde la Patriot Act de 2002 avanzó en la represión doméstica, al punto que organizaciones yanquis de defensa de los derechos civiles (igualmente defensoras de la democracia burguesa, como Human Rights Watch) debieron denunciar la reiterada violación de libertades esenciales, la irrupción del espionaje en la vida privada de las personas, las detenciones arbitrarias e ilegales de centenares de prisioneros sin derecho a defenderse ni de conocer siquiera los cargos en su contra, y sistemáticamente torturados. Paralelamente, se profundizó un modelo de intervención internacional, montado sobre conceptos como “cooperación internacional”, “multilateralismo”, “gobernabilidad democrática” y, por supuesto, la “lucha contra el terrorismo y el narcotráfico”.
Desde febrero de 2003, el Congreso actualiza cada año el Plan de Estrategia Nacional para Combatir el Terrorismo, cuya última versión presentó el presidente Bush el 5 de septiembre de 2006. Este “plan maestro” no es otra cosa que un lineamiento de política exterior yanqui a corto plazo, que a su vez orienta el accionar de todas las agencias del estado norteamericano, con particular énfasis este año hacia el continente americano. Desde las últimas elecciones nacionales, el Departamento de Estado viene sosteniendo que EEUU debe dedicar una mayor atención, dentro del hemisferio occidental, a América Latina, y así lo expone, con la idea de la “política del buen vecino”, el Plan de Estrategia Nacional en curso.
Lo primero que explica el Plan es que, aunque la amenaza principal es la del “terrorismo fundamentalista islámico”, hay “grupos e individuos que también usan el terror y la violencia … para conseguir sus objetivos políticos. Aunque sus motivos y fines puedan ser diferentes, y a menudo incluyen objetivos seculares y más reducidos territorialmente, amenazan nuestros intereses y los de nuestros aliados, en la medida que intentan subvertir el orden civil y reemplazar la libertad con el conflicto y la intolerancia… Para nuestros enemigos terroristas, la violencia no sólo se justifica, sino que es necesaria y glorificada”. Es difícil pensar una definición más abarcativa que esa del “enemigo de EEUU”, es decir, de quienes luchan contra su sistemático uso de la violencia contra el mundo entero, de los que pelean por la liberación de los oprimidos y de los pueblos sojuzgados.
Unos párrafos después sostienen que hay condiciones subyacentes en la sociedad que los terroristas tratan de explotar, como la pobreza, el malestar con los gobiernos locales, la falta de salud, educación y justicia. Definen entonces la “guerra contra el terrorismo” como una batalla de ideas, pues “las ideas pueden transformar a los amargados y desilusionados en asesinos deseosos de matar inocentes, o en pueblos libres viviendo armoniosamente en la diversidad de la sociedad”. Tienen bien claro que las ideas (cuando son las correctas) dan conciencia al odio natural hacia el opresor, y son el factor de organización de los trabajadores y el pueblo.
Para que sean “sus ideas” las que prevalezcan, EEUU, el campeón de la violencia, usa como eje de la estrategia hacia terceros países la defensa de la democracia, el pacifismo y la convivencia en la diversidad, estigmatizando como terrorista cualquier violencia que no sea la propia. El Plan hace un cuidadoso desarrollo del contenido de esa guerra de ideas, explicando que el terrorismo “no es un subproducto necesario de la pobreza, ni el simple resultado de hostilidad hacia la política exterior yanqui en cuestiones como Irak o Palestina”, sino que surge de “explotar la alienación política, de señalar como responsables de los conflictos y miserias a quienes no lo son, de la manipulación de la prensa y la difusión de teorías conspirativas, y de una ideología que justifica el asesinato”. Todo ello, finalmente, se resuelve fortaleciendo la democracia representativa y la gobernabilidad democrática, porque “las elecciones son el signo más visible de una sociedad libre, y juegan un rol crítico en el avance hacia una efectiva democracia”, y una democracia efectiva es el “mejor antídoto contra el terrorismo”(1).

El Southcom
El encargado de llevar a la práctica la estrategia continental yanqui en América Latina es el Comando Sur o Southcom, que define su misión como “la conducción de operaciones militares y la promoción de operaciones de seguridad para realizar los objetivos estratégicos de EEUU”(2). El Southcom acaba de publicar su planificación estratégica a 10 años, que se propone como primera medida reconvertirse de una organización tradicional militar a una “interagencia conjunta de comando de seguridad” que permita sincronizar operaciones y actividades con todas las organizaciones gubernamentales yanquis en el continente americano. En la introducción del plan destacan la mayor atención que debe prestar EEUU a América Latina por varias razones: las reservas energéticas, en especial de petróleo y gas; las reservas de recursos naturales como el agua y los bosques; las enormes brechas existentes en la región entre los más ricos y los más pobres, caldo de cultivo para el descontento que puede hacer florecer el terrorismo(3); y su influencia creciente en EEUU, donde el 15% de la población tiene origen latino.
El lema del Southcom es “Compañerismo en las Américas”, entendido como garantía de que EEUU esté defendido de cualquier amenaza surgida en el continente. En el documento desarrollan la necesidad de incrementar los niveles de las tareas de inteligencia y vigilancia; el control terrestre, aéreo, marítimo y del ciberespacio para asegurar el “libre movimiento de EEUU en el continente”, y fortalecer los vínculos con los países amigos, para imponer sus directivas en materia de seguridad. En ese marco, planifican operativos militares, operaciones humanitarias, de mantenimiento de la paz y de prestaciones médicas en conjunto, que tienen como fin central hacer que los países amigos fortalezcan el control de su propio territorio bajo las directivas estratégicas del plan yanqui.
A pesar de que se trata de documentos no clasificados, poco se discute en nuestro país de esta planificación pensada a 10 años, y son sólo episodios muy menores, como el aviso consular a los turistas yanquis de que las rutas son peligrosas, que hay arrebatadores y descuidistas y el tránsito es un caos en los centros urbanos, lo que motiva una formal protesta de la cancillería ante el Departamento de Estado.
El Operativo UNITAS Atlántico 2007 se realizó entre el 1º y el 13 de mayo de este año con Argentina como anfitrión, lo que implicó el ingreso de 900 marines en nuestro país, en tres buques de la armada norteamericana que estuvieron anclados en la base de Puerto Belgrano, cerca de Bahía Blanca, y otros de países europeos y americanos que aceptaron la invitación. El UNITAS, en sus dos versiones, Atlántico y Pacífico, es un ejercicio de cooperación o “interoperabilidad” en tres niveles: interoperabilidad política, es decir, compartir el diagnóstico de la situación mundial; interoperabilidad estratégica, es decir, compartir objetivos convergentes con esa cosmovisión común, y finalmente interoperabilidad como integración de las fuerzas armadas. Como se ve, “cooperación” significa “subordinación”. Claro que el UNITAS Atlántico no es el único ejercicio en el que Argentina participará este año con los yanquis (ver recuadro).

No sólo militares
La dedicación yanqui a América Latina no se limita a dirigir sus fuerzas armadas. En el informe anual 2006 al Congreso de la Unión, el ministro de defensa definió a Argentina como una nación democrática con la que EEUU tiene una “relación madura”, lo que la convierte en un amigo en el estratégico cono sur, además de ser un importante aliado “extra OTAN”. Informó que el Instituto Internacional de Educación y Entrenamiento Militar (IMET) financia cursos de derecho internacional, mantenimiento de la paz, operaciones cívico-militares para personal de comando y otros similares para las fuerzas armadas argentinas, pero también para las de seguridad, con el objetivo de “familiarizarlos con la doctrina y práctica militar de EEUU, y mejorar su interoperabilidad con las fuerzas norteamericanas”. Destacó que desde febrero de 2004 Argentina es parte del Programa de Becas de Contraterrorismo (CTFP) que se destina a grupos de elite de las fuerzas de seguridad (policía federal y provinciales, gendarmería y prefectura), para consolidar su capacidad de conducir operaciones de escala pequeña a media. Además, resaltó la participación de Argentina en el Centro de Estudios de Defensa Hemisféricos (CHDS) en la Universidad de Defensa Nacional (NDU), en cursos diseñados para centrarse en los aspectos de la seguridad y las relaciones internacionales ajenos a la guerra, para aumentar la conciencia y el entendimiento de las políticas de EEUU, lo que conduce a una mayor confianza creciente, transparencia y a sensación de seguridad. Terminó el ministro destacando que “los cursos también permiten que los oficiales de los EEUU construyan relaciones personales duraderas con sus camaradas argentinos”.
Finalmente, están las “prestaciones médicas” como las que se realizan bajo el nombre de operativo MEDRETE (Medical Readiness Training Exercises). En 2007 están previstos 61 ejercicios médicos en 14 países de la región, entre ellos Argentina, dando atención médica a más de 200.000 latinoamericanos. El programa MEDRETE está dirigido a mejorar la imagen de EEUU en el mundo. En palabras de uno de los militares yanquis, “En muchos casos es la primera interacción de un individuo con nosotros, y cuando el primer contacto es bueno, siempre tendrán una imagen positiva de nosotros”.

La ministra montonera de defensa aprende rápido y aplica mejor
El controvertido Plan Ejército Argentino 2025, presentado por la ministra Garré al Comando Mayor Conjunto en 2006 como nueva política de defensa nacional, reproduce las iniciativas del Southcom, especialmente en cuanto a la relocalización de comandos y creación de nuevas unidades de las tres fuerzas, definiendo como hipótesis de conflicto una “guerra por los recursos naturales”, dando plena eficacia a esa “cosmovisión conjunta” que tanto reclaman los patrones. No apunta en otro sentido el nuevo proyecto de educación militar, aplaudido por la Madre más kirchnerista, quien dice que así se enseñará a los soldados y oficiales “a no torturar ni matar”. Ningún ejército del mundo tiene más carga horaria de materias como Derechos Humanos o Derechos Civiles que el yanqui. A la vista están Guantánamo o cualquiera de las cárceles de la CIA para mostrar lo que les enseñan.
Esta es la realidad de la política yanqui en América Latina, y la sumisión del gobierno argentino a sus mandatos, que así como proclama independencia y soberanía nacional mientras paga por anticipado la deuda, dicta leyes “antiterroristas” y manda tropas argentinas a invadir Haití, sirve de anfitrión para operativos militares en los que los yanquis ni siquiera se molestan ya en pedir inmunidad para sus marines: saben que no les hace falta, porque son los que mandan.
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NOTAS
(1) Nacional Strategy for Combating Terrorism, www.whitehouse.gov/nsc/nsct/2006/nsct2006.pdf.
(2) www.southcom.mil
(3) “El 10% más rico de la población de América Latina y el Caribe concentra el 48% del total de los ingresos, mientras que el 10% más pobre apenas gana el 1,6%”. United States Southern Command Strategy 2016.


OPERATIVOS DEL SOUTHCOM
En 2007 se realizaron o están planeados, con intervención argentina, los operativos SALITRE, en Chile; UNITAS Pacífico, en Ecuador; Fuerzas Aliadas Panamax 2007, en Panamá; Fuerzas Comando 2007, en Honduras y PKO-South 2007, nuevamente en Ecuador. El SALITRE (fuerza aérea) y los UNITAS (armada) son ejercicios de integración y cooperación militar. Panamax tiene como objetivo la defensa y “neutralidad” del canal de Panamá. El Fuerzas Comando es un ejercicio de contraterrorismo, y el PKO es simulación de “operación de mantenimiento de la paz” al estilo del MINUSTAH en Haití. Además hay operativos por fuera del SOUTHCOM, entre los que se han desarrollado en territorio argentino los CABAÑAS, en Córdoba (2000) y Salta (2001), el DELTA en Entre Ríos (2003) o el HERMANDAD en Misiones, a fin de 2006, con la participación de Brasil, Paraguay, Venezuela, Uruguay, Bolivia y EEUU, donde la hipótesis teórica era la recuperación de un aeropuerto tomado por fuerzas terroristas.